PBC · Prevención del blanqueo de capitales
Qué es el PBC
PBC son las siglas de prevención del blanqueo de capitales. Así se llama al conjunto de medidas con que bancos, inmobiliarias, asesores y otros sujetos obligados evitan que su negocio se use para dar apariencia lícita a bienes de origen delictivo. Cuando incluye la financiación del terrorismo se escribe PBC/FT o PBC-FT.
Qué es el blanqueo de capitales
La Ley 10/2010 lo define en su artículo 1.2: convertir o transferir bienes que proceden de una actividad delictiva para ocultar su origen, o ayudar a quien lo hizo a eludir las consecuencias; ocultar la naturaleza, el origen o la propiedad real de esos bienes; adquirirlos, poseerlos o utilizarlos sabiendo de dónde vienen; y participar en cualquiera de esas conductas o intentarlas. Hay blanqueo aunque lo haga la misma persona que cometió el delito y aunque el delito se cometiera en otro país.
La financiación del terrorismo (artículo 1.3) es reunir o entregar fondos o bienes, por cualquier medio, con la intención de que se usen, o sabiendo que se usarán, para cometer un delito de terrorismo.
En España, la norma básica de PBC es la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, desarrollada por el reglamento del Real Decreto 304/2014. Las obligaciones recaen en los sujetos obligados que enumera su artículo 2.1.
Qué incluye el PBC de una empresa
Diligencia debida
Identificar al cliente con documentos fehacientes y a su titular real antes de operar (artículos 3 y 4), conocer el propósito de la relación y la actividad del cliente (artículo 5) y seguirla mientras dure (artículo 6).
Control interno
Políticas y procedimientos por escrito, una política de admisión de clientes y un manual de prevención (artículo 26), apoyados en un análisis de riesgo documentado y un representante ante el SEPBLAC (reglamento, artículos 32 y 35), formación del personal (artículo 29) y un examen externo anual (artículo 28). El reglamento exime de parte de esto a los sujetos obligados más pequeños de las letras i) a u) del artículo 2.1, con menos de 10 personas y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio o balance.
Examen especial y comunicación
Examinar con especial atención las operaciones complejas, inusuales o sin propósito lícito aparente (artículo 17), comunicar al SEPBLAC las que presenten indicios de blanqueo o de financiación del terrorismo (artículo 18) y abstenerse de ejecutarlas (artículo 19).
Conservación
Guardar durante diez años la documentación en que se formaliza el cumplimiento de la ley (artículo 25).
Sanciones financieras
Aplicar las sanciones financieras de la UE y de la ONU, que obligan a cualquiera desde la designación, con políticas y procedimientos proporcionados al tamaño y al riesgo (artículo 42). En la práctica, comprobar que clientes y titulares reales no figuran en las listas. Es la parte del PBC que cubre OFACScreen.
Preguntas
Compruebe un nombre en las listas de sanciones
La búsqueda es gratuita y no necesita registro. Revisa a la vez las listas de la UE, de la ONU y de la OFAC.